Nuevo suministro

Si usted desea contar con suministro de energía en su nuevo negocio, puede hacer su contrato de luz, desde nuestra página Web: oficinavirtual.ensa.com.pa, aplicación móvil Ensa Panamá. Para formalizar este proceso, haremos un contrato entre la empresa y el titular de la cuenta, en donde se establecen los términos de energía eléctrica, los derechos y obligaciones de ambas partes. Dependiendo del tipo de suministro, necesitará ciertos requisitos, descritos a continuación o guiarse con los documentos adjuntos al final de esta sección

Requisitos para nuevo suministro eléctrico
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El cuadro eléctrico para colocar el medidor debe estar Ubicado en el límite entre la propiedad y la servidumbre. El medidor debe estar accesible, libre de obstrucciones, cercas o cualquier elemento que impida al personal de ENSA la lectura, inspección y mantenimiento de este, en cumplimiento con el artículo 10 del Reglamento de Distribución y Comercialización.

 

Si al realizar la inspección se observa que el medidor no se encuentra accesible, la solicitud no será tramitada hasta que adecúe su instalación. En caso de que se hayan hecho modificaciones a la edificación y el cuadro eléctrico haya quedado encerrado, es necesario que el cliente haga las adecuaciones para que ENSA tenga acceso al mismo.

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No registrar deudas pendientes por suministro de energía eléctrica.

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Firmar el correspondiente contrato de suministro, previa presentación de la siguiente documentación:

  1. Copia de la Escritura Pública o Certificación vigente (1 año), que acredite la propiedad, tenencia o traspaso de un bien inmueble a nombre del cliente, expedida por: el Registro Público, el Banco Hipotecario Nacional, el Ministerio de Vivienda (MIVIOT), la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), los Municipios (propietarios de un terreno) u otra entidad estatal (propietaria de un terreno) que acredite la propiedad, tenencia, traspaso o tramitación de la titularidad de un bien inmueble a nombre del cliente.

  2. En caso de no ser el titular del bien inmueble, presentar adicionalmente al punto (i), copia simple de la cédula del tenedor del bien inmueble, copia del Contrato de Arrendamiento suscrito con el propietario o tenedor del bien inmueble.

  3. Copia de la cédula de identidad personal vigente o pasaporte vigente (o carné de la Dirección de Migración y Naturalización) en el caso de extranjeros para persona natural. Copia del certificado de Registro Público de la Sociedad Anónima para la persona jurídica.

  4. En caso de que la persona natural o el representante legal de una sociedad no pueda asistir personalmente a firmar el contrato de suministro, se deberá aportar:
    • Para persona natural: Carta de autorización original con un plazo no mayor de 6 meses de vigencia con copia de la cédula del otorgante y del autorizado.
    • Para persona jurídica: Poder notariado y copia de cédula del poderdante (otorgante) y apoderado (autorizado).

  5. En el caso de los inmuebles o instalaciones nuevas no ocupadas, además de los otros requisitos deberá aportar:
    • Copia del permiso de ocupación o certificado de ocupación para la instalación del suministro eléctrico emitido por el Municipio correspondiente.
    • En caso de que el permiso o certificado de ocupación esté a nombre de una persona distinta al solicitante, se deberá verificar en el Certificado de Registro Público (vigencia 1 año) que el mismo corresponda a la misma propiedad (finca) sobre la cual se solicita el servicio.
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Presentar certificación de buen historial de pago o referencias de crédito recientes, es decir que no exceda un periodo de 5 años de la fecha en que se realiza la solicitud. En ausencia de éstas, el solicitante deberá pagar el depósito de garantía.

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Pagar el derecho de conexión de acuerdo con el pliego tarifario vigente.

Observaciones
  • Para los casos de clientes tales como construcciones, exposiciones, ferias, circos, etc. que requieran un suministro de carácter temporal, deberán presentar el permiso de estructura temporal emitido por el municipio correspondiente.

  • Para los casos de suministro para letreros, vallas, fuentes de poder, antenas, puntos de recarga eléctrica, luminarias de canchas deportivas públicas, etc. que no requieran un permiso de ocupación para el debido suministro, deberán presentar en lugar del permiso una copia de certificación eléctrica por los bomberos, siempre y cuando se cumplan las normas de seguridad eléctrica vigentes.

Nota:

El plazo para la instalación está sujeto a que el cliente cumpla con las adecuaciones correspondientes de acuerdo con las normas vigentes y el tipo de suministro requerido. Una vez vencido este plazo, la solicitud será dada de baja y el solicitante deberá iniciar nuevamente los trámites.

Kit de Bienvenida Nuevo Suministro Postpago
Permanente con características especiales de la instalación del cliente
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Para instalaciones permanentes con el interruptor principal igual o mayor a 200 amperios, o sistema trifásico, cableado o soterrado debe presentar un plano eléctrico que cumpla con los requisitos contenidos en el Manual de Normas y Condiciones para la Prestación del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica indicados aquí. Los planos deben ser entregados en las oficinas corporativas de ENSA, ubicadas en Santa María Business District, PH ENSA, Juan Díaz, Ciudad de Panamá o en Colón, en las oficinas de ENSA en Arco Iris. El horario para entrega y recibo de planos es de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 12:00 m. También puede presentarlos en nuestros Centros de Atención.

Una vez aprobado el plano, podrá cumplir con los requisitos indicados para Nuevo Suministro Permanente Regular en el punto anterior.


Las instalaciones temporales con cualquiera de estas características: interruptor principal de 125 amperios o más, sistema trifásico o cableado subterráneo debe presentar un croquis que indique:

  • Ubicación del transformador.
  • Ubicación del interruptor principal.
  • Recorrido del vigaducto secundario con sus respectivas distancias en caso de cableado subterráneo.
  • Número de referencia de poste, transformador o cámara más cercana al proyecto.
  • Resumen de carga.
Instalación distante más allá de los 100 metros de la red de distribución
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Para contar con suministro de energía en puntos ubicados a más de 100 metros de la red de distribución, es necesario contar con los siguientes requisitos y presentarlos en nuestros Centros de Atención:

  1. Plano de lotificación que muestre las veredas y servidumbres, con sello de la Dirección de Ventanilla Única del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT). 

  2. Si se trata de un área privada, solicitar un presupuesto para la ampliación de la red de distribución.

  3. Si los solicitantes forman parte de un asentamiento informal, es necesaria la presentación de la asignación de lotes emitida por la Dirección de Asentamientos Informales del MIVIOT.
Solicitud de suministro de carácter temporal
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En los casos de clientes tales como construcciones, exposiciones, ferias, circos, etc. que requieran un suministro de carácter temporal debe presentar los siguientes requisitos:

  1. Permiso de construcción, otorgado por el municipio.
  2. Permiso eléctrico para la conexión del temporal, otorgado por el Cuerpo de Bomberos.
  3. Pagar los costos asociados: depósito de garantía, conexión y cargo del temporal
  4. Presentar los siguientes documentos según aplique:
  5. Persona Jurídica: Copia simple del Registro Público en caso de ser una sociedad anónima. Las Personas jurídicas deben enviar un poder notariado para la persona que realizará el trámite y una copia de la cédula de ambos (representante y autorizado)


Si el suministro temporal cuenta con alguna de estas características: interruptor principal de 125 amperios o más, sistema trifásico o cableado subterráneo, será necesario además adjuntar un croquis que indique:

  1. Ubicación del transformador
  2. Ubicación del interruptor principal
  3. Recorrido del vigaducto secundario con sus respectivas distancias en caso de cableado subterráneo.
  4. Número de referencia de poste, transformador o cámara más cercana al proyecto.
  5. Resumen de carga.


Nota:

El plazo para la instalación está sujeto a que el cliente cumpla con las adecuaciones correspondientes de acuerdo con las normas vigentes y el tipo de suministro requerido. Una vez vencido este plazo, la solicitud será dada de baja y el solicitante deberá iniciar nuevamente los trámites.

Residencial Prepago

Si usted desea contar con suministro de energía en su nueva residencia, puede hacer su contrato de luz, desde nuestra página Web: oficinavirtual.ensa.com.pa, aplicación móvil Ensa Panamá y los Centros de atención, Para formalizar este proceso, haremos un contrato entre la empresa y el titular de la cuenta, en donde se establecen los términos de energía eléctrica, los derechos y obligaciones de ambas partes. Dependiendo del tipo de suministro, necesitará ciertos requisitos, descritos a continuación o guiarse con los documentos adjuntos al final de esta sección

Requisitos para nuevo suministro eléctrico prepago
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  1. El cuadro eléctrico para colocar el medidor debe estar Ubicado en el límite entre la propiedad y la servidumbre. El medidor debe estar accesible, libre de obstrucciones, cercas o cualquier elemento que impida al personal de ENSA la instalación, inspección y mantenimiento del mismo, en cumplimiento con el artículo 10 del Reglamento de Distribución y Comercialización. Si al realizar la inspección se observa que el medidor no se encuentra accesible, la solicitud no será tramitada hasta que adecúe su instalación. En caso de que se hayan hecho modificaciones a la edificación y el cuadro eléctrico haya quedado encerrado, es necesario que el cliente haga las adecuaciones para que ENSA tenga acceso al mismo.
  2. Copia de la Escritura Pública o Certificación vigente (1 año), expedida por el Registro Público, el Banco Hipotecario Nacional, Ministerio de Vivienda (MIVIOT), la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), los Municipios (propietarios de terreno) u otra entidad estatal (propietaria de un terreno) que acredite la propiedad, tenencia, tras paso o tramitación de la titularidad de un bien inmueble a nombre del cliente.
  3. En caso de no ser el titular del bien inmueble, deberá presentar copia del Contrato de Arrendamiento suscrito con el propietario o tenedor del bien inmueble.
  4. Copia de la cédula de identidad personal vigente o pasaporte vigente (o carné de la Dirección de Migración y Naturalización) en el caso de extranjeros.
  5. En caso de que la persona natural no pueda asistir personalmente a firmar el contrato de suministro, se deberá aportar una carta de autorización original vigente (6 meses) con copia de la cédula del otorgante y del autorizado.
  6. En el caso de los inmuebles o instalaciones nuevas no ocupadas, además de los otros requisitos deberá el solicitante aportar:
    • Copia del permiso de ocupación emitido por el Municipio correspondiente.
    • En caso de que el permiso o certificado de ocupación esté a nombre de una persona distinta al solicitante, se deberá verificar en el certificado de Registro Público vigente (l año) que el mismo corresponda a la finca sobre la cual se solicita el servicio.
  7. Firmar el contrato de suministro de energía eléctrica.
  8. Con la opción de instalación del Medidor Prepago, se ofrecerá un plan de financiación de la morosidad existente, con el siguiente esquema:
    • El monto de la deuda se amortizará con el diez por ciento (10%) del valor de cada compra efectuada.
    • No se cobrarán intereses por el saldo adeudado mientras utilice el sistema prepago.
    • El cliente también podrá realizar abonos parciales extraordinarios o cancelar la deuda totalmente.

Nota:

  • Si el consumo del cliente es mayor a 300 kWh de manera continua en al menos seis meses, se le aplicarán de ahí en adelante los cargos de la tarifa BTS (Tarifa postpago).
  • Si el cliente con medición prepago baja su consumo a un valor no mayor de 300 KWh en un periodo de tres meses consecutivos, la empresa distribuidora debe reclasificarlo nuevamente a la tarifa Prepago correspondiente de 0-300 kWh.

A través de nuestra oficinavirtual.ensa.com.pa o nuestra aplicación móvil Ensa Panamá puede registrar su cuenta y obtener consultas de manera más rápida y sencilla, desde cualquier lugar y en cualquier momento sin necesidad de asistir a un centro de atención o llamar a un ejecutivo.

Accesa aquí: Nueva Oficina Virtual de ENSA | ENSA

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